CHILE: Hace unos meses se presentó una moción parlamentaria, que propone un impuesto equivalente al 2,5% del patrimonio de las personas más ricas del país, que detenten un patrimonio igual o superior a US$ 22 millones, patrimonio que tendrían alrededor de 2.000 personas en Chile. El objetivo del proyecto es recaudar mayores recursos para enfrentar la crisis económica y social que se vive con ocasión de la pandemia de COVID-19. Las estimaciones de esa recaudación alcanzarían US$ 6.000 millones. Este impuesto gravaría a personas naturales que tengan residencia o domicilio en Chile y deban declarar la riqueza tanto en Chile como en el extranjero.
Evidentemente que este proyecto ha generado muchas discusiones, algunos apoyando y otros criticándolo, tanto desde un punto de vista económico como jurídico. Respecto de su juridicidad, se cuestiona su constitucionalidad, puesto que la Constitución (artículo 65 N° 1) dispone que solo el Presidente de la República tiene la iniciativa exclusiva de imponer, suprimir y reducir tributos o modificar los existentes. Desde ese punto de vista el proyecto estaría destinado al fracaso.
Para salvar esta dificultad, los diputados que propiciaron este proyecto, han transformado el proyecto en una reforma constitucional, creando un nuevo artículo transitorio de la Constitución, que tendría vigencia solo por un año. Pero ello tiene otra dificultad casi insalvable, en razón que una reforma constitucional sobre tributos, requiere el apoyo de los dos tercios de diputados y senadores en ejercicio, quórum que la oposición está lejos de alcanzar. Pero como este impuesto se aplicaría solo por un año, este quórum sería factible alcanzarlo con apoyo de la derecha, y evitar así, que se entre en una verdadera reforma tributaria.
Respecto de la eficacidad económica y tributaria, el proyecto ha tenido serios detractores. Dentro de esas críticas, destaca aquella que sostiene que no es necesario crear nuevos tributos, porque bastaría terminar con las exenciones tributarias existentes, lo que permitiría recaudar alrededor de US$ 9 mil millones, mucho más de lo que se espera recaude el impuesto a los ricos, exenciones tributarias que también favorecen generalmente a los más ricos.
Las exenciones tributarias
La exención que más se ha tomado como ejemplo, es la exención que existe a las ganancias en la venta de acciones, que beneficia al 5% de los más ricos. Solo la supresión de esta exención impositiva recaudaría más que el actual proyecto de impuesto a los ricos.
¿Por qué, en vez de proponer un impuesto a los ricos, los parlamentarios no proponen terminar con las exenciones tributarias? Creemos que ello se debe a que: a) ello da menos rédito político, ya que las exenciones tributarias son prácticamente desconocidas por la mayoría de la población, mientras que un impuesto a los ricos, inmediatamente atrae pantalla y un cierto apoyo popular, porque sería de toda justicia que los ricos paguen más; b) si se termina con las exenciones tributarias, ello sería permanente, y eso sí que le dolería a los poderosos, mientras que el impuesto a los ricos se aplicaría solo durante un año.
Sería lógico pensar que estas exenciones tributarias a los más ricos de los chilenos, vienen de la dictadura militar, pero desgraciadamente no es así. Son los gobiernos de la Concertación los que han acordado las mayores exenciones a la venta acciones, con los proyectos de Mercado de Capitales MK1, el año 2001, y MK2, el año 2007. Se puede decir que la derecha y la Concertación están unidas no solo para crear estas exenciones tributarias, sino también para mantenerlas en secreto para la mayor parte de la población.
Por esta razón, en la reforma tributaria de la Presidenta Bachelet, del año 2014, y la del Presidente Piñera, que se aprobó por el Congreso hace solo unos meses, la inequidad de las exenciones tributarias no fueron tocadas, y en la última elección presidencial, del año 2017, ningún candidato presidencial abordó el tema de las exenciones tributarias. Derogar las exenciones tributarias es un tema tabú para la “izquierda”, el centro y la derecha, y resulta más popular proponer un impuesto a los ricos, que es mucho menos oneroso para los ricos, que terminar con las exenciones tributarias.
La evasión tributaria
Otro tema olvidado y que recaudaría mucho más que el impuesto a los ricos, es terminar con la evasión tributaria, que en Chile es muy cuantiosa, y en porcentajes del PIB que sobrepasan largamente los que existen en los países desarrollados. Un antiguo estudio del SII se estimaba que la evasión tributaria en 1997 sería de US$ 4.100. En una columna reciente de los economistas Ramón López y Gino Sturla, se reportan estudios que señalan que la evasión tributaria del Impuesto a la Renta y el IVA, sería entre 3 y 4% del PIB, es decir sobrepasaría US$ 10 mil millones. Esta cuantiosa evasión, no se debe al hecho que los chilenos seamos por naturaleza menos honestos que los ciudadanos de los países desarrollados, sino porque no se ha querido legislar para poner en práctica verdaderos sistemas de previsión y control que impidan o disminuyan la evasión tributaria.
Según también López y Sturla, la evasión favorecería también a los más ricos de Chile, así como las exenciones tributarias, y es por eso que el tema no ha sido abordado por las reformas tributarias de Bachelet (2014) y Piñera (2020). Existen varias causas de la evasión tributaria, comentaremos solo dos de ellas.
El secreto bancario
En los países desarrollados, el primer método contra la evasión tributaria es la inexistencia del secreto bancario de los contribuyentes, y la obligación, además, que toda transacción comercial, de venta o de compra, se debe recibir o pagar en una de las cuentas bancarias de la empresa, por cheque, letras de cambio, transferencias electrónicas, tarjetas de débito o crédito, etc. Pagar o recibir pagos en efectivo está prohibido, salvo la “caja chica”, para gastos muy menores Y por cierto, la Administración Tributaria de esos países, puede revisar la contabilidad y dichas cuentas bancarias, cuando lo estime conveniente, y sin pedir la autorización a tribunales. Todo dinero que entra (ventas) o sale (compras) de la empresa, debe obligatoriamente tener su trazado en una de las cuentas bancarias de la empresa, y que la Administración Tributaria puede revisar, si sospecha de alguna anomalía.
¿Por qué en Chile existe el secreto bancario? Evidentemente para evadir impuestos fraudulentamente, y gracias al secreto en las cuentas bancarias de las empresas, el SII no las pueda fiscalizar, salvo en contados casos en que sea autorizado por Tribunales.
Ningún gobierno se ha atrevido a levantar el evasivo secreto bancario.
El secreto de la información contable de las empresas
El otro secreto que permite la evasión tributaria en Chile, y que en los países desarrollados y de la OCDE no existe, es el secreto en la información contable y tributaria de los contribuyentes. En los países desarrollados dicha información es pública y transparente. En Chile también lo era, porque una ley de la Dictadura, de 1980, permitía que el SII entregara la información tributaria de cualquier contribuyente si alguna persona la solicitaba. Esta ley rigió hasta el 4 de agosto de 1995, con la promulgación de la ley 19.398, que prohibió al SII entregar la información contable y tributaria de todos los contribuyentes. Esta ley se hizo, principalmente, para que los chilenos no nos enteráramos que las empresas mineras extranjeras y en general las empresas extranjeras, no pagaban impuestos en Chile, porque evadían la mayor parte de sus ganancias.
Tampoco ningún gobierno ha siquiera intentado iniciar una discusión sobre la necesaria transparencia en la información contable y tributaria de las empresas.
La evasión tributaria de las mineras extranjeras
Las mineras extranjeras constituyen un caso especial en la evasión tributaria, por la inmensidad de esta evasión, y por la impunidad y desvergüenza que lo hacen.
Evaden de tributar en Chile, declarando pérdidas en sus resultados, y de esa manera no pagar impuestos. Está acreditado por un informe del S.I.I., presentado en el Senado el año 2003, que hasta ese año, salvo Minera Escondida, todas las demás mineras declararon pérdidas y no pagaron un solo peso de impuesto al Fisco, pero además tenían pérdidas tributarias acumuladas de US$ 2.700 millones, por lo que tampoco pagarían impuestos los años siguientes, si declaraban utilidades, porque debían absorber primeramente las pérdidas tributarias acumuladas, sin embargo, se llevaron del país alrededor de 30 millones de T. de cobre, lo que representa alrededor de US$ 200 mil millones, sin contar el oro, la plata, el molibdeno, el renio, etc., es decir, se llevaron más de US$ 200 mil millones, sin haber pagado un solo dólar de impuestos en Chile. En los últimos 5 años, la mitad de estas mineras han vuelto a declarar pérdidas, para no pagar impuesto a la renta.
Esta cuantiosa evasión tributaria no hubiera ocurrido si hubiera seguido vigente la Ley de la Renta de la dictadura, porque en ese tiempo las mineras tenían que pagar el impuesto en base a lo que vendían (Renta Presunta). Ninguna minera podía escapar al pago del impuesto a la renta, porque desde el momento que se vendía la primera tonelada de cobre, se pagaba el impuesto porque se basaba en el valor de lo que se vendía. Esto cambió con la primera reforma tributaria de la Concertación, la Ley 18.985 de junio de 1990, que cambió la renta presunta por renta efectiva, lo que significa que el Impuesto a la Renta solo se pagaría si las mineras declaraban utilidades. ¿Qué hicieron las mineras extranjeras? Llegaron en masa a Chile, porque con esta ley les quedó abierto el camino para llevarse todo el cobre y subproductos que quisieran, sin pagar impuestos, porque bastaba con que declararan pérdidas o ausencia de utilidades. Y eso es lo que han hecho en forma descarada.
Existen muchas medidas que se podrían haber implementado para impedir o disminuir considerablemente este tipo de evasión, pero los gobiernos de la Concertación y de la derecha, jamás han querido implementarlas. Lo más increíble de todo esto, es que las exenciones tributarias y las leyes que facilitaron la exención y la evasión tributaria, no las hizo la dictadura, sino la Concertación. Los gobiernos de derecha no han hecho sino mantener esta situación, en favor de los más poderosos.
En suma, todas estas leyes que favorecen la exención y evasión tributaria deberían ser derogadas, por lo que establecer un impuesto a los más ricos es de plena justicia, pero para que sea realmente de justicia, no debería ser por un solo año sino un impuesto que se aplicara permanentemente y sin vuelta atrás. Aunque, si se aprueba, más vale un pájaro en la mano que cien volando.
–El autor, Julián Alcayaga O., es economista y abogado
Fuente: https://piensachile.com